
Si tu empresa factura menos de diez millones de euros y desarrolla una actividad económica (sociedad o autónomo), tienes derecho a aplicar los siguientes incentivos fiscales:
- Libertad de amortización.
- Si adquieres algún ACTIVO FIJO NUEVO y además aumentas la plantilla media de trabajadores, podrás amortizar el mencionado activo libremente (incluido todo su importe de una sola vez).
- Tendrás que comparar el incremento medio de plantilla de los dos años anteriores y los dos siguientes.
- La cuantía máxima de inversión por cada persona que se incremente en la plantilla es de 120.000 € de posible amortización.
- Si adquieres algún ACTIVO FIJO NUEVO y además aumentas la plantilla media de trabajadores, podrás amortizar el mencionado activo libremente (incluido todo su importe de una sola vez).
- Amortización acelerada.
- También tienes derecho a amortizar tus activos nuevos según el porcentaje que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente máximo, sin necesidad de incrementar su plantilla de personal.
- Deterioro.
- Aunque no tengas morosos para deducir, podrás hacerlo como gasto por deterioro un 1% del saldo de clientes a 31 de diciembre.
- Como autónomo.
- Si realizaste alguna inversión en activos nuevos, podrás aplicar una deducción en cuota de IRPF de hasta el 5% del importe invertido.
Estos son los incentivos que pueden permitirte disfrutar de ahorros a la hora de calcular y satisfacer tus impuestos.
En Helping Asesoría te ofrecemos un equipo de expertos para uu asesoramiento en incentivos fiscales.

