
A continuación, exponemos los aspectos más relevantes de la reforma de pensiones en el acuerdo alcanzado en el Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo de 2023.
1.- INCREMENTO BASES MÁXIMAS COTIZACIÓN
- Las pensiones máximas se revalorizarán anualmente de acuerdo con la inflación al que se le añadirá un incremento de 0,0115 puntos.
- El desarrollo de este sistema se producirá entre 2024 y 2050.
2.- CUOTA SOLIDARIDAD RENTAS Y SALARIOS MÁS ALTOS
- Se establece una “cuota de solidaridad” para los salarios más altos, consistente en una cotización del 1% de la parte de salario que hasta ahora no se le aplicaba ningún porcentaje por este concepto.
- Esta cuota será incrementada en un 1% en 2025 y en un 0,25% anual hasta el 2045.
3.- INCREMENTO PAULATINO DEL MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)
- Actualmente es del 0,60% (0,50% a cargo de la empresa y 0,10% a cargo del trabajador), pasará a incrementarse cada año una décima hasta el 2050.
4.- LAGUNAS DE COTIZACIÓN
- Se mantiene que los vacíos de cotización se compensen al 100% de la base mínima los 48 meses primeros y con el 50% de la base mínima a partir de los 49 meses.
- Para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena será el 100% de la base mínima entre el mes 49 y el 60, y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y 84.
5.- BRECHA DE GÉNERO
- El complemento de brecha de genero se incrementará en un 10% en el 2024 y un 10% adicional en 2025.
6.- CÓMPUTO DUAL DE LA PENSIÓN PARA LOS PRÓXIMOS 20 AÑOS
- Se podrá elegir entre dos sistemas:
- A partir del 2026 se podrán tomar como base para el cálculo de la pensión los últimos 29 años cotizados, excluyendo de éstos los 2 años de menor cotización.
- O bien hacer el cálculo con el sistema actual que son los últimos 25 años cotizados.

