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OBLIGACIÓN REGISTRO RETRIBUTIVO EN LAS EMPRESAS

 

 

A raíz de la publicación del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, mediante el cual se persigue el objetivo de promover la igualdad retributiva entre mujeres y hombres, a partir del próximo día 14 de abril las empresas tendrán que disponer, con carácter obligatorio, de un registro retributivo de toda su plantilla en el que se detallen:

 

  • los valores medios de los salarios,
  • los complementos salariales y
  • las percepciones extrasalariales

 

Todos estos datos deberán relacionarse desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de equiparable valor.

 

 

Según el Real Decreto, este registro deberá ser revisado y actualizado con periodicidad anual.

 

 

El Ministerio de Igualdad, a través de su web, pone a disposición de las empresas una serie de enlaces y guías de ayuda para el para el cumplimiento de esta nueva obligación y facilitar así la creación del registro retributivo y la detección de posibles brechas salariales. Puedes acceder a estas herramientas de ayuda a través del siguiente enlace:

 

 

https://www.igualdadenlaempresa.es/asesoramiento/herramientas-igualdad/home.htm

 

 

En Helping estamos a tu disposición para ayudarte con el cumplimiento de este nuevo requisito obligatorio elaborando el registro retributivo de tu empresa.