
El Departament de Treball, Assumptes Socials i Famílies y el Departament de Salut han firmado un protocolo de colaboración y coordinación que establece mecanismos de actuación conjunta ante los incumplimientos normativos de las medidas contra el covid en los centros de trabajo.
Según el protocolo, la Agencia de Salud Pública y la Inspección de Trabajo tendrán mecanismos de comunicación para los casos en que a las visitas realizadas en los centros de trabajo o de la información disponible se detecte la posible existencia de incumplimientos en materia de salud pública. Inspectores y profesionales habilitados de los dos departamentos se coordinarán para hacer visitas conjuntas cuando sea necesario y las actuaciones administrativas que se deriven.
En este sentido, la Inspección de Trabajo podrá emitir requerimientos y, si se tercia, levantar actas de infracción. El Departamento de Trabajo podrá incoar expedientes sancionadores.
Por otro lado, Salud podrá adoptar medidas cautelares, como el cierre preventivo de las instalaciones, los establecimientos, los servicios y las industrias. También podrá suspender la autorización sanitaria de funcionamiento o la suspensión o prohibición del ejercicio de actividades.
El objetivo de este protocolo es lograr una adecuada actuación de las competencias de los dos departamentos.
Esta modificación habilita, con carácter adicional a las competencias de Salud Pública y a los diferentes órganos en varias materias.
Por ejemplo, a los inspectores de trabajo y seguridad social a vigilar, requerir y levantar actas de infracción, a los técnicos a requerir y comprobar y a la autoridad laboral y órganos del Departamento de Trabajo al procedimiento sancionador y resolución.
En cambio, no habilita a estos organismos a la paralización de actividades empresariales.
Como siempre, podéis contactarnos ante las dudas o consideraciones que queráis trasladarnos con relación a este o cualquier otro tema.
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