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GASTOS DE HIPOTECA. EL IMPUESTO AJD A CARGO DEL CLIENTE.

 

La Sala de lo civil del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia por la cual resuelve quién tiene que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas, impuesto que le corresponde al cliente y no la entidad financiera.

 

Algunas Audiencias Provinciales habían considerado abusivo cargar el impuesto a los clientes bajo el argumento que el beneficiado de que la hipoteca quedara registrada era el banco, y por lo tanto, tenía que ser éste quien afrontara el impuesto.

 

El TS ha resuelto lo contrario centrándose en que la ley es la que establece que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto, como ya se había pronunciado anteriormente la Sala de lo contencioso administrativo del Supremo.

 

Sin perjuicio de lo anterior, siguen siendo correctas las decisiones judiciales que asignan a las entidades otros gastos hipotecarios diferentes del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.