
Estas son las principales medidas que contemplará la nueva Ley de Autónomos que ha aprobado el Congreso por unanimidad y que continuará su trámite en el Senado que le dará luz verde próximamente.
Son un total de 15 y están relacionados con las responsabilidades que contraen los trabajadores por cuenta propia con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Todas buscan ofrecer mayores ventajas y simplificar las obligaciones.
A continuación te explicamos en qué consiste cada una de las 15 medidas.
1.- Se amplía la tarifa plana de 50€
· De seis meses a un año para las nuevas altas en la Seguridad Social.
2.- Se podrá retomar la cuota reducida hasta dos años después
· Es decir, si no ha terminado el período se le “guarda” esta tarifa hasta dos años después de haber interrumpido la actividad.
3.- Sólo se pagará por los días trabajados
· Cuando el autónomo se dé de alta o de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) sólo pagará por los días que hayan transcurrido y no por el mes entero. Es decir, si se dan de alta o de baja el día 21 no tendrán que pagar la cuota del mes entero. Además, podrán hacerlo hasta en tres ocasiones en un año.
4.- Se podrá modificar la base de cotización hasta 4 veces en un año
· Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización. Se trata de que los pagos a la Seguridad Social puedan adaptarse mejor a la evolución del negocio.
5.- Las mujeres tendrán una cuota reducida tras la baja por maternidad
· Tras incorporarse al trabajo después de una baja por maternidad, las mujeres tendrán también una tarifa plana de 50€ mensuales durante un año. De este modo, se pretende favorecer la maternidad.

6.- Podrán deducirse los gastos de suministros
· Teniendo en cuenta que cada vez más personas trabajan desde su casa, se ha establecido que estas puedan deducirse hasta un 30% de gastos en luz o telefonía.
7.- Se establecen deducciones para gastos de manutención
· Siempre que tengan que ver con la actividad, con un límite de 26€ diarios y que puedan ser comprobados a través de medios telemáticos.
8.- Los autónomos que cuiden a menores o dependientes no pagarán su cuota en un año
· Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota durante un año para aquellos que puedan justificar que están al cuidado de menores o dependientes.
9.- Se ha corregido la cuota de autónomos societarios
· Estará ahora vinculada a la subida del salario mínimo interprofesional.
10.- Se podrá compatibilizar el trabajo por cuenta propia con la pensión
· Así, los autónomos que continúen con su actividad después de la edad de jubilación y tengan empleados podrán hacer compatible su salario con la totalidad de la pensión que deberían percibir.
11.- Se rebajan los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social
· El Gobierno reducirá el recargo del 20% al 10% durante el primer mes.
12.- Se devolverá el exceso de cotización a los trabajadores con más de una actividad
· Es decir, aquellos trabajadores que sean autónomos y, a la vez, asalariados recibirán el exceso de cotización que hayan podido hacer sin tener que solicitarlo. Esto reducirá la carga burocrática de los autónomos en esta situación.
13.- Los autónomos podrán acceder a formación
· Con el fin de mejorar su actividad y ser competitivos, los trabajadores autónomos podrán acceder a formación adaptada a sus necesidades.
14.- Se ofrecerá formación en riesgos laborales
· Los profesionales autónomos recibirán también formación sobre prevención de riesgos.
15.- Se reconocen los accidentes in itinere
· La Seguridad Social protegerá a aquellos autónomos que tengan un accidente en la ida o la vuelta a su puesto de trabajo en cualquier medio de transporte.
La nueva regulación ya ha sido aprobada en el Congreso de los Diputados, ahora sólo hay que esperar a que las medidas entren en vigor y puedas empezar a disfrutar de ellas.
Asesoría Helping.


