
¿Qué es el permiso de lactancia?
Es un permiso retribuido del que pueden disfrutar los/las trabajadores/as que tengan un hijo, ya sea por nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento.
El permiso de lactancia no está restringido únicamente a la madre ya que ambos progenitores tienen derecho a solicitarlo de manera simultánea.
¿Cómo disfrutar el permiso de lactancia?
Hay tres formas de disfrutar de este permiso:
- Ausentarse del trabajo:
- Cada progenitor podrá ausentarse de su trabajo 1 hora cada día, íntegra o dividiéndola en dos fracciones de media hora.
- El trabajador/a decide la hora o las dos medias horas dentro de su horario de trabajo. La empresa no puede imponer un horario determinado.
- Reducir la jornada laboral
- Los progenitores pueden optar por solicitar la reducción de su jornada laboral en media hora cada día. Es decir, entrar o salir media hora antes del trabajo.
- Acumular el permiso en jornadas completas
- Los progenitores pueden optar por solicitar la lactancia acumulada, es decir, sumar las horas del permiso por lactancia y convertirlo en jornadas completas.
- Si tienen más de un hijo por nacimiento, adopción o acogimiento, el permiso de lactancia se verá aumentado proporcionalmente al número de hijos.
¿Hay alguna diferencia entre el permiso de lactancia para el padre y para la madre?
No, ambos progenitores tienen derecho a este permiso en igualdad de condiciones y simultáneamente.
¿Cuánto dura el permiso de lactancia?
Finalizada la baja por maternidad o paternidad, el/la trabajador/a tiene derecho a disfrutar de un tiempo para el cuidado de tu hijo, en función de si se opta por disfrutar del premiso con o sin reducción de salario:
- Duración del permiso sin reducción de salario
- El permiso durará hasta que el/la hijo/a cumpla los 9 meses.
- El salario no se verá modificado porque se trata de un permiso retribuido a cargo íntegramente de la empresa.
- Duración del permiso con reducción de salario
- Existe la posibilidad de prorrogar la duración del permiso hasta que el/la hijo/a cumpla los 12 meses.
- Si se opta por solicitar esta prórroga, el/la trabajador/a cobraría su sueldo íntegro durante los primeros 9 meses del permiso y vería minorado su salario durante los 3 meses restantes hasta el 12º mes de vida del hijo/a de manera proporcional a la reducción de jornada.
¿Cómo se solicita el permiso de lactancia?
El/La trabajador/a debe remitir un escrito a la empresa con el fin de que quede enterada de tu solicitud. Dicho escrito debe ser recibido en la empresa dentro de los 15 días previos a la fecha de incorporación tras la baja de maternidad o paternidad. También se contemplan mecanismos de comunicación en algunos convenios laborales.
En el escrito se debe indicar el día de comienzo del permiso y el día de finalización.
Además, en la comunicación a la empresa se debe especificar la opción escogida por el/la trabajador/a: jornada reducida o por la lactancia acumulada.
¿Se puede denegar el permiso de lactancia?
No, la empresa no puede denegar el permiso de lactancia ya que se trata de un derecho del trabajador/a.
La empresa no puede impedir este derecho, ni tampoco imponer al trabajador un horario para su disfrute.
Si se diese el caso de que el empresario deniegue un permiso de lactancia, ya sea por discrepancias en cuanto a su modalidad o por incompatibilidades de horario, el/la trabajador/a tiene un plazo de 20 días para presentar la correspondiente reclamación ante el juzgado.

