
Desde el 2 de octubre de 2016, y de conformidad con el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), las notificaciones se practicarán preferentemente por medios Electrónicos y, en todo caso, a quienes estén obligados a relacionare por medios electrónicos con las administraciones y organismos públicos.
Las notificaciones electrónicas se practican mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única (DEHú), en papel o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo.
Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido
¿Quiénes están obligados a relacionarse por medios electrónicos?
Están obligados a relacionarse exclusivamente por medios electrónicos (no en papel) los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, comunidades de propietarios, etc.).
- Los profesionales que para ejercer su actividad se requiera colegiación obligatoria (no para el resto de profesionales).
- Quienes representen a un interesado obligado a relacionarse electrónicamente.
- Los empleados de las administraciones públicas.
- Las personas físicas empresarios, profesionales y particulares, no están obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas, a menos que le interese y se haga el alta en el sistema.
¿Qué cambios habrá sobre las notificaciones electrónicas a partir del 2022?
Las notificaciones electrónicas que se depositaban en la plataforma DEH (Dirección Electrónica Habilitada), a finales del año 2021 dejará de funcionar, pasando a sustituirla por el portal DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única).
¿Cuándo se entiende rechazada una Notificación electrónica?
Cuando la notificación se realice por medios electrónicos se entenderá una notificación electrónica rechazada cuando hayan transcurrido 10 días naturales (no hábiles) desde la puesta a disposición de la notificación sin que acceda a su contenido.
Pasados estos 10 días sin acceder a las notificaciones, comienzan a correr los plazos de recurso y si no se lleva un control adecuado, podemos perder la posibilidad de recurrir.
¿Qué es el portal DEHú?
La DEHú “Dirección Electrónica Habilitada única” será el portal único para notificaciones en que las Administraciones Públicas depositan todas sus notificaciones y comunicaciones electrónicas, pasando a quedar en desuso la DEH (Dirección Electrónica Habilitada).
El servicio de notificaciones electrónicas de la Dirección Electrónica única (DEHú) facilita el acceso y comparecencia a las notificaciones y/o comunicaciones en que figuran como titular o destinatario, emitidas por las diferentes Administraciones Públicas organismos públicos o Entidad de derecho público vinculado o dependiente, o sea, toda la Administración u organismo público.
¿Qué organismos utilizan las Notificaciones electrónicas?
A todas las Administraciones y Organismos Públicos a nivel nacional independientemente de la plataforma que utilicen, ya que existen varias. Por ejemplo, la Generalitat y mayoría de organismos catalanes utilizan la e-NOTUM, Hacienda y más de 7.000 organismos públicos la Dirección Electrónica Habilitada única DEHú, etc.
Organismos de los que con más posibilidad podemos recibir notificaciones electrónicas:
- Agencia Tributaria
- Tesorería general de la Seguridad Social
- Diputaciones
- Ayuntamientos
- Comunidades Autónomas
- Dirección General de Tráfico
- Tribunales, etc.
¿Qué ventajas tiene este servicio profesional?
Los profesionales que te asesoran, por ejemplo: un asesor fiscal contable, puede encargarse de la gestión de tus notificaciones electrónicas durante todos los días del año de forma más profesionalizada a través de un apoderamiento (que es un trámite sencillo) ya que una buena gestión puede ahorrarte mucho dinero y evita posibles fallos en el seguimiento de dichas notificaciones.
Desde Helping podemos realizar el seguimiento de las notificaciones que te puedan llegar desde cualquier organismo. Contacta con nosotros y te informaremos.

