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DECLARACIONES PARA RESIDENTES QUE POSEAN BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO.

 

Estimado cliente: 

 

Te informamos de la obligación de comunicar a la AEAT de los bienes y derechos situados en el extranjero. El plazo para su presentación finaliza el 31 de marzo de 2021.

 

La obligación de declarar nace cuando se supera el valor de 50.000,00€ a fecha 31 de diciembre de 2020 por cada conjunto de bienes correspondientes a cada bloque de información, y también en aquellos casos en que se haya declarado previamente los años 2013-2020 (bienes de los ejercicios de 2012-2019) que se deberán volver a declarar si:

 

1.- Los años anteriores no se declaró el bien o derecho existente

2.- Si cada conjunto de bienes correspondientes a cada bloque de información declarado ha tenido un incremento superior a 20.000,00€ respecto de los últimos datos informados.

3.- Si ha habido una venta o pérdida de titularidad.

 

 

Te detallamos la documentación necesaria para cumplimentar dicha declaración y que, por tanto, deberás solicitar a las respectivas entidades financieras. 

 

Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero:

  • Debes informar sobre la totalidad de las cuentas de tu titularidad, o en las que figures como representante, autorizado o beneficiario, o sobre las que tengas poderes de disposición, o de las que seas titular real, que se encuentren situadas en el extranjero, abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio, a 31 de diciembre de cada año.

 

Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.

  • Los valores o derechos representativos de la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad jurídica.
  • Los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
  • Los valores aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y «trusts» o masas patrimoniales que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan actuar en el tráfico económico.
  • Las acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva. Los seguros de vida o invalidez.
  • Las rentas temporales o vitalicias.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

 

Documentación necesaria:

Deberás solicitar a las entidades financieras la siguiente información:

 

Cuentas bancarias.

  • Razón social de la entidad así como su domicilio.
  • Identificación completa de las cuentas.
  • Fecha de apertura o cancelación, o, en su caso, fechas de concesión y revocación de la autorización.
  • Saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre del año.
  • En caso de pérdida de titularidad informar del saldo de la cuenta en la fecha en la que dejaste de tener tal condición.
  • % titularidad.

 

Valores, derechos, seguros y rentas.

  • Razón social de la entidad jurídica, del tercer cesionario o identificación del instrumento o relación jurídica así como su domicilio.
  • Saldo a 31 de diciembre de los valores y derechos representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades jurídicas.
  • Número y clase de acciones y participaciones de las que constes como titular, así como su valor.
  • Saldo a 31 de diciembre de los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
  • Número y clase de acciones y participaciones de las que seas titular, así como su valor.
  • Saldo a 31 de diciembre de los valores aportados al instrumento jurídico correspondiente. Número y clase de acciones y participaciones de las que seas titular, así como su valor.
  • En caso de transmisión de cualquiera de los elementos anteriormente mencionados informar de la fecha y valor de enajenación.
  • ISIN del valor.

 

Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.

  • Identificación del inmueble.
  • Situación del inmueble (país, territorio, localidad, calle y número).
  • Fecha de adquisición.
  • Valor de adquisición.
  • En caso de transmisión, informar de la fecha y valor de enajenación.
  • % titularidad.   

 

Queremos informarte de la importancia de la presentación de este modelo en plazo, ya que, las sanciones por la no presentación o por realizarla fuera de plazo, u omitir algún dato, son elevadas. 

 

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