
Estimado cliente:
Te informamos de las declaraciones informativas anuales obligatorias para las personas físicas o jurídicas residentes en España que, a fecha 31 de diciembre de 2019, fueran titulares de bienes y derechos en el extranjero o hubiesen realizado transacciones con entidades no residentes durante el ejercicio 2019.
Modelo 720:
Obligación de comunicar a la AEAT de los bienes y derechos en el extranjero. El plazo para su presentación finaliza el 31 de marzo de 2020.
Te detallamos la documentación necesaria para cumplimentar dicha declaración y que, por tanto, deberán solicitar a las respectivas entidades financieras.
MODELO 720
Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero:
· Debes informar sobre la totalidad de las cuentas de tu titularidad, o en las que figures como representante, autorizado o beneficiario, o sobre las que tengas poderes de disposición, o de las que seas titular real, que se encuentren situadas en el extranjero, abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio, a 31 de diciembre de cada año.
Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
· Los valores o derechos representativos de la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad jurídica.
· Los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
· Los valores aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y «trusts» o masas patrimoniales que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan actuar en el tráfico económico.
· Las acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva.
· Los seguros de vida o invalidez.
· Las rentas temporales o vitalicias
Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
Documentación necesaria: Deberás solicitar a las entidades financieras la siguiente información:
Cuentas bancarias.
· Razón social de la entidad así como su domicilio.
· Identificación completa de las cuentas.
· Fecha de apertura o cancelación, o, en su caso, fechas de concesión y revocación de la autorización.
· Saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre del año.
· En caso de pérdida de titularidad informar del saldo de la cuenta en la fecha en la que dejaste de tener tal condición.
· % titularidad.
Valores, derechos, seguros y rentas.
- Razón social de la entidad jurídica, del tercero cesionario o identificación del instrumento o relación jurídica así como su domicilio.
- Saldo a 31 de diciembre de los valores y derechos representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades jurídicas.
- Número y clase de acciones y participaciones de las que constes como titular, así como su valor.
- Saldo a 31 de diciembre de los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios. Número y clase de acciones y participaciones de las que seas titular, así como su valor.
- Saldo a 31 de diciembre de los valores aportados al instrumento jurídico correspondiente. Número y clase de acciones y participaciones de las que seas titular, así como su valor.
- En caso de transmisión de cualquiera de los elementos anteriormente mencionados informar de la fecha y valor de enajenación.
- ISIN del valor.
Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.
· Identificación del inmueble.
· Situación del inmueble (país, territorio, localidad, calle y número).
· Fecha de adquisición.
· Valor de adquisición.
· En caso de transmisión, informar de la fecha y valor de enajenación.
· % titularidad.
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Queremos informarte de la importancia de la presentación de este modelo en plazo, ya que, las sanciones por la no presentación o por realizarla fuera de plazo, conlleva unas sanciones elevadas y recordarte que en el Modelo 720, la simple omisión de algún dato también es objeto de sanción.
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