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CAMBIOS DE IMPUESTOS EN CATALUÑA PARA EL 2020

 

 

En Cataluña se han puesto de acuerdo el partido político En Comú Podem y el Gobierno de la Generalidad, resultando una subida de impuestos tanto estatales como autonómicos:

 

Impuesto Renta Personas Físicas (IRPF)

  • Se incrementa en un 10% el mínimo exento de los contribuyentes con rentas más bajas (hasta 12.450 euros de base liquidable), cuyo ahorro en general no existirá ya que no están obligados a hacer la declaración de renta.
  • Se incrementa la tarifa para las rentas altas, pudiendo llegar a tributar el 51% de IRPF, o sea, de cada 100 euros de ingresos, tributan 51 euros del impuesto y le quedan al contribuyente 49 euros. En Cataluña pasa el tipo marginal del 48% al 51%, o sea, la autonomía más cara del país que comparándola con Madrid tiene un marginal del 43,5%.

 

Impuesto de Sucesiones (IS)

  • Se aumenta la tributación de las herencias recibidas por descendientes (hijos, nietos, etc) y por ascendientes, reduciendo las bonificaciones de la cuota tributaria.
  • Se reintroducen coeficientes multiplicadores del patrimonio preexistente, soportando una carga mayor.
  • Se mantiene la bonificación para los cónyuges.

 

Otros impuestos que existen en Cataluña

  • En el acuerdo fiscal para los Presupuestos de 2020 se incluyen cuatro nuevos impuestos (los primeros) y se modifican otros impuestos existentes: 
    • Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos.
    • Impuesto sobre instalaciones que inciden en el Medio Ambiente.
    • Impuesto sobre las emisiones de CO2 de los vehículos de tracción mecánica.
    • Impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos.
    • Impuesto sobre viviendas vacías.
    • Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas.
    • Tasas Públicas.

 

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