
Como regla general, los autónomos que son empresarios o profesionales tienen que presentar la declaración de renta, puesto que el límite de no declarar se sitúa en 1.000 euros anuales, englobando estas rentas, las del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, como también ganancias patrimoniales sujetas a retención o no y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros, en tributación individual o conjunta.
Hay dos modalidades de determinación de los rendimientos:
- Los profesionales tributan exclusivamente en estimación directa (normal o simplificada), obteniendo el resultado positivo o negativo por diferencia entre ingresos totales y los gastos necesarios para realizar la actividad.
- Los empresarios autónomos pueden tener dos modalidades de determinación de los rendimientos, la estimación directa que opera como a los profesionales y la estimación objetiva, el rendimiento tributable de la cual se obtiene por el valor de unos módulos que se aprueban cada año y no afectan el cálculo ni los ingresos ni los gastos reales.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA:
- Los datos de la actividad no constan en el borrador de la declaración de Hacienda. No confirmar el borrador y sin antes añadirlos.
- Hay que tener dos libros rellenados, como es el de facturas emitidas y facturas recibidas (compras y gastos). Analiza los posibles gastos que puedas deducirte.
- El año 2018 se permite deducir una parte de los gastos del domicilio particular, si realizas la actividad desde allí.
- También te puedes deducir hasta 26,67 euros de dietas al día si te desplazas por la actividad que realizas, en concepto de manutención.
- Podrás deducirte el importe de la Seguridad Social que cotizas (RETA) y la amortización del inmovilizado (mobiliario, ordenadores, etc.).
- También te puedes deducir las retenciones que te han practicado en las facturas, así como los pagos por anticipado realizados durante el año.
En Helping Asesoría nuestro equipo de profesionales te asesorarán y gestionarán la presentación en plazo y con garantías de tu declaración de Renta 2018.

