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HACIENDA NO PUEDE REVISAR DOS VECES

 

Si estás siendo objeto de una comprobación limitada en la cual te revisan un aspecto concreto de un impuesto como puede ser una deducción, Hacienda no podrá volver a revisarlo en una actuación posterior, ya sea por otra comprobación limitada de la gestión realizada o por una inspección. Sólo existe una excepción: cuando en otras actuaciones posteriores se descubren nuevos hechos o circunstancias que determinen que la liquidación inicial no era correcta.

 

Verifica que Hacienda no se exceda en sus funciones, y que la mencionada excepción sólo es aplicable si aparecen nuevos datos que no constaban en la comprobación inicial, es decir, que si Hacienda dispone de determinadas datos pero no los revisa, no puede volver a revisarlos después, aunque se ponga de manifiesto algún error u omisión que hubiera determinado una liquidación adicional.

 

Este sería el caso de sí en una comprobación limitada sobre los gastos deducibles en general, Hacienda sólo hubiera revisado los gastos financieros, después, en otra revisión, ya no podrá revisar las otras partidas de gastos, puesto que las tuvo a su disposición y no lo hizo.