
La Dirección General Tributaria, responsable de aplicar los criterios de interpretación de la normativa emitida desde Hacienda, establece que las ventas de bienes realizadas por particulares a través de plataformas online como eBay, Wallapop, Vibbo, están gravados por el impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Hacienda recaudará el 4% del importe obtenido en dichas ventas.
De esta forma, estas transacciones digitales reciben un gravamen análogo al que se aplica en las ventas “físicas” de bienes usados, a pesar de que son difíciles de localizar para el fisco.
Las ventas online están creciendo de forma significativa y quedan registradas, y Hacienda puede solicitar información a estas plataformas de comercio online para investigar las transacciones. Hay que tener en cuenta que por este sistema también se hacen ventas de cuadros, objetos de colección, etc, de importes elevados.
También hay otro impuesto como es el IRPF (a través de la declaración de la renta), que puede verse afectado cuando los bienes se venden a un precio superior al de compra y exista una ganancia patrimonial que tributa. Por este motivo es muy recomendable conservar los documentos que acrediten la propiedad del bien y pruebas de la transacción realizada, como facturas o capturas de pantalla del cierre del acuerdo para poder ser acreditado ante Hacienda.
Uno de los objetivos prioritarios del control ejercido desde Hacienda en los últimos ejercicios, son las empresas de la economía digital, como es el caso de que en 2018 tendrán que pasar información del alquiler vacacional, como son las plataformas Airbnb o Wimdu. Los propietarios, además, tendrán que conservar los datos de los arrendatarios.

