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NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS.

 

El próximo 25 de mayo de 2018 entra en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, normativa que va a suponer una serie de cambios en las obligaciones relativas a la Protección de Datos de Carácter Personal.

 

Las obligaciones serán distintas en función de diversos criterios, como son el sector de actividad, el tipo de datos que manejamos, e incluso el tamaño de su empresa.

 

A continuación, le adelantamos algunas de las novedades del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos):

  • Nuevos derechos de los ciudadanos: derecho al olvido, la portabilidad de datos y limitación de uso de los datos.
  • Creación de la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD).
  • (Obligatoria para determinado tipo de empresas).
  • Las sociedades, deberán notificar en la Agencia de Protección de Datos las brechas de seguridad y solicitar una autorización previa para determinados tipos de tratamiento.
  • Nuevos principios en relación a las obligaciones de información: transparencia y minimización.
  • Incremento de la cuantía de las sanciones: 
    • Las GRAVES de hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación anual del ejercicio anterior.
    • Las MUY GRAVES hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación del ejercicio anterior.
  • Será obligatorio realizar Análisis de Riesgos y Evaluaciones de Impacto. (Obligatorio para determinados tipos de empresas).

 

Para cualquier duda que pudiera surgirles, rogamos contacten con nosotros

 

 

Helping Asesoría.